martes, 8 de julio de 2008

El ayuntamiento da marcha atrás en su idea de rehabilitar el templo masónico

Un informe elevado por el Servicio de Patrimonio Histórico municipal al Gobierno de Canarias en el mes de marzo plantea la oposición a la declaración de Bien de Interés Cultural decretada por el Ejecutivo regional en noviembre de 2007. Incluso cuestiona el nombre de la edificación "promovida por la Sociedad Añaza".

MÉNDEZ/GONAR, S/C de Tfe.

El devenir histórico del templo masónico de la calle San Lucas parecía acercarse al final feliz con la declaración de Bien de Interés Cultural (BIC) con categoría de Monumento por parte del Gobierno de Canarias en noviembre del pasado año 2007. Sin embargo, en marzo pasado, y de manera cuando menos sorprendente, el Servicio de Patrimonio Histórico del Ayuntamiento de Santa Cruz, propietario del inmueble, elevaba a la Consejería de Educación, Universidades Cultura y Deportes un informe como alegaciones a ese acuerdo en el cual cuestiona el modelo de BIC, la delimitación del entorno y hasta el nombre del inmueble, que califica de "edificación promovida por la Sociedad Añaza", tal y como se le denominó en el momento de su construcción, en el año 1900.

El informe municipal, que firman el concejal de Patrimonio Histórico, Alfonso Soriano Benítez de Lugo, y el director técnico jurídico de la Gerencia de Urbanismo, Juan Víctor Reyes Delgado, realiza una amplia introducción con antecedentes urbanísticos que van desde el PERI (Plan Especial de Reforma Interior del Centro Histórico de Santa Cruz de Tenerife) al Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) del año 92, todavía vigente.

El informe se opone a la declaración del BIC, tal y como la decreta el Gobierno de Canarias el 6 de noviembre de 2007. Y lo hace cuestionando desde el nombre del edificio hasta aspectos formales en el texto, que en su mayor parte sigue la línea del proyecto más sólido para la rehabilitación del templo, el del arquitecto José Miguel Márquez Zárate. Estos fundamentos para declarar BIC al templo los califica de "una serie de inexactitudes y disparates que podrían provocar la hilaridad" y resalta la "baja calidad técnica de la totalidad del contenido del Anexo I" de la declaración.

El informe abunda en esas "inexactitudes" al plantear que "eran 12 y no 10 las pilastras, que se corresponden simbólicamente con las 12 tribus de Israel" o que "no se tiene constancia documental, cartográfica ni fotográfica de que en los años 80 existiese pintura al fresco alguna en el edificio".

Según el escrito del Servicio de Patrimonio Histórico, "resultan penosos los términos empleados: Oriente por Oriente Simbólico y plancha de cemento por losa de hormigón... También la interpretación hecha de la edificación existente, reconociendo como originales las modificaciones sufridas durante la ocupación militar como una cueva o cavidad que se dice natural cuando es una gruta artificial, acorde con el carácter simbólico de dicho espacio, cuyas características y dimensiones obran en poder de este Servicio, puesto que se ha procedido a escanear, en fechas recientes, por un equipo de arqueólogos dirigido por Fernando Álamo Torres".

El informe añade que "se mezclan los usos originales con los posteriores, contribuyendo a presentar un informe absurdo, por lo que debería evitarse su publicación en dichos términos".
En cuanto a la "monumental fachada, cargada de simbolismo masónico, se dicen un conjunto de vaguedades que configuran una imagen penosa de una edificación que, en su género es única al menos en el panorama nacional". Por último, "en lo que respecta a la delimitación del entorno también se raya en lo esperpéntico, al incluir no predios enteros, sino parte de ellos, lo que crearía problemas absurdos en el futuro".

Conclusión.- Por todo lo expuesto, el informe "propone transmitir al organismo competente, Cabildo Insular de Tenerife, la oposición de este ayuntamiento a la declaración como BIC en los términos actuales, rectificando el actual Decreto 390/207, o retrotrayendo las actuaciones a su inicio, toda vez que el edificio goza de todas las garantías de protección, conservación y mantenimiento al ser propiedad municipal y estar redactando este Servicio de Patrimonio Histórico el correspondiente proyecto de intervención a corto, medio y largo plazo. Ofreciendo, no obstante, al Cabildo Insular la información disponible hasta el momento. Asimismo se propone la reconsideración del ámbito, ampliándolo para que se produzca una protección efectiva en el interior del mismo.

Lo que viene a cuestionar este informe es que la edificación del número 35 de la calle San Lucas sea la sede futura de la Logia Masónica Añaza 270, es decir que se devuelva a la Masonería, tal y como se ha mantenido durante todo el proceso de la tramitación del BIC. Además, el informe "desmonta" el proyecto que en su día desarrolló el arquitecto José Miguel Márquez Zárate para la rehabilitación del templo y en el cual se basó la mayor parte de los fundamentos del decreto de declaración de Bien de Interés Cultural.

Respuesta.- Este informe fue respondido el pasado 9 de abril desde la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales del Ministerio de Cultura, a través de un escrito que firma Luis Lafuente Batanero, Subdirector General de Protección del Patrimonio Histórico. En el mismo significa la inscripción del "Templo Masónico" como BIC con su correspondiente código tras la declaración del Gobierno de Canarias de 6 de noviembre de 2007, publicada en el BOC el 14 de noviembre de ese mismo año.

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